En República Dominicana una gran variedad de proveedores de bienes y servicios han establecido sus precios en dólares. Es una práctica frecuente en las zonas turísticas y en Santo Domingo.
Podríamos citar ejemplos de tiendas, universidades, colegios, profesionales independientes, clínicas, compañías de seguros, restaurantes, clubes, agencias de viaje e inmobiliarias. En este artículo nos referiremos al caso de los inmuebles.
“$5 dólares por metro”, dice en la sección de anuncios clasificados colocados en los principales periódicos de circulación nacional, para una propiedad ubicada en el centro de Santo Domingo.
Encontrar inmuebles tasados en dólares se ha convertido en una práctica habitual en bienes raíces, que se ha extendido por todo el territorio nacional.
¿Es esto legal? Le preguntamos a la abogada Marielle Garrigó, socia directora de Práctica Corporativa de la firma Medina Garrigó.
“Sí, es legal la fijación de precios en dólares. Bajo nuestra legislación, las partes son libres de determinar la moneda en que liquidarán sus obligaciones”, precisó la experta.
En los contratos debe quedar establecido. “Por la naturaleza del activo y de los pagos, el vendedor, contractualmente, toma las medidas necesarias a los fines de asegurarse de que en el precio acordado en dólares, sea el efectivamente recibido de manos del comprador”, apunta Garrigó.
Añade que cuando se trata de servicios o bienes muebles el valor en dólares será puramente referencial y la obligación final, si se utiliza una tarjeta de crédito, será liquidada en moneda local.
Se recuerda que en 2016, el Banco Central de la República Dominicana (BCRD) emitió una resolución prohibiendo el uso de Terminales de Puntos de Venta (TPOS, conocidos popularmente como Veriphones) exclusivas para pagos en moneda extranjera.
El impacto esperado de la medida era la reducción de la demanda de divisas en el mercado local.
En ese momento, mediante un comunicado de prensa, la entidad monetaria argumentó que no se puede obligar al consumidor a saldar en otra moneda, que no sea la moneda local.
Asimismo, el Banco Central reiteró que el Peso Dominicano es la moneda oficial de la República Dominicana y tiene efecto liberatorio para el pago de deudas y obligaciones, así como para la adquisición de bienes y servicios.
A la vez aclaró que esto se lleva a cabo sin perjuicio de la libertad de referencia a otras monedas, basada en la tasa de cambio vigente al momento de realizar la transacción.
Artículo publicado originalmente en Argentarium.com, el 12 de octubre de 2018.
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